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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 899
Artículo 899 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 899 ya no existe, está eliminado de la ley. Fue derogado (es decir, cancelado oficialmente) dos veces, primero en 1963 y luego otra vez en 1994. Que esté derogado significa que no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta para nada. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado en la ley.
Texto oficial
Artículo 899.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.