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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/898
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
898

Artículo 898 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado del Código de Comercio por el Congreso, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. En otras palabras, no hay nada que explicar porque el artículo 898 ya no está vigente desde 1963 y 1994.

Texto oficial

Artículo 898.- (Se deroga). CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 90 de 291 Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 89) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.