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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
907

Artículo 907 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, es decir, ya no se aplica porque fue eliminado de la ley. La derogación ocurrió en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. En pocas palabras, aunque antes existía esta regla, hoy no tienes que preocuparte por ella porque ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 907.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.