- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 909
Artículo 909 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 909 ya no está vigente, es decir, fue eliminado de la ley en dos ocasiones: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica en ningún caso. Por lo tanto, no necesitas preocuparte por lo que decía antes, porque ya no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 909.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.