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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/912
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
912

Artículo 912 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 912 ya no existe en la ley. Fue eliminado o "derogado" en dos fechas distintas, primero el 21 de noviembre de 1963 y luego el 4 de enero de 1994. Eso significa que lo que decía antes ya no tiene validez ni se aplica para nada. Solo aparece en el código como un registro histórico, pero no debes tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 912.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.