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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/913
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
913

Artículo 913 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. Las frases "se deroga" y "artículo derogado" significan que quedó cancelado, como si lo hubieran borrado oficialmente. Las fechas indican cuándo se eliminó (en 1963 y luego en 1994). Esto pasa cuando se actualizan las leyes para que solo estén vigentes las reglas que aplican hoy.

Texto oficial

Artículo 913.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.