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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 916
Artículo 916 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 916 ya no existe. La palabra "derogado" significa que se eliminó de la ley, así que ya no tienes que preocuparte por él. Fue quitado en dos ocasiones: el 21 de noviembre de 1963 y después otra vez el 4 de enero de 1994.
Texto oficial
Artículo 916.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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