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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/916
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
916

Artículo 916 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 916 ya no existe. La palabra "derogado" significa que se eliminó de la ley, así que ya no tienes que preocuparte por él. Fue quitado en dos ocasiones: el 21 de noviembre de 1963 y después otra vez el 4 de enero de 1994.

Texto oficial

Artículo 916.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 91) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.