Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/918
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 918
Artículo 918 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "se deroga" significa que ya no tiene validez legal. Ese cambio se publicó oficialmente el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 918.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.