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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/927
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
927

Artículo 927 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley (derogado) en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. En pocas palabras, ya no existe para aplicarse.

Texto oficial

Artículo 927.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 92) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.