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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/928
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
928

Artículo 928 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. "Se deroga" significa que fue eliminado y ya no tiene ningún efecto legal desde el año 1994. Si ves ese número en una ley, no te preocupes, porque no hay reglas que aplicar. Solo es un espacio vacío que ya no sirve para nada.

Texto oficial

Artículo 928.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 92) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.