Artículo 94 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Salvo que tú y la otra persona acuerden algo distinto, un mensaje (correo, WhatsApp, etc.) se considera enviado desde el lugar donde tú tengas tu negocio u oficina, y recibido donde el otro tenga el suyo. Si alguna de las partes tiene más de un local, se toma el que esté más relacionado con el asunto del mensaje, y si no hay relación clara, se usa su oficina principal. Si alguien no tiene negocio fijo, se considera su casa o domicilio habitual.
Texto oficial
Artículo 94.- Salvo pacto en contrario entre el Emisor y el Destinatario, el Mensaje de Datos se tendrá por expedido en el lugar donde el Emisor tenga su establecimiento y por recibido en el lugar donde el Destinatario tenga el suyo. Para los fines del presente artículo: I. Si el Emisor o el Destinatario tienen más de un establecimiento, su establecimiento será el que guarde una relación más estrecha con la operación subyacente o, de no haber una operación subyacente, su establecimiento principal, y II. Si el Emisor o el Destinatario no tienen establecimiento, se tendrá en cuenta su lugar de residencia habitual. Artículo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado y reubicado DOF 29-05-2000. Reformado DOF 29-08-2003
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