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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 950
Artículo 950 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo estuvo en vigor hace muchísimos años, pero fue cancelado oficialmente el 20 de abril de 1943. Como ya no es válido, no tienes que preocuparte por lo que decía. Derogar una ley significa que se elimina y ya no se aplica. Entonces, este artículo solo existe como un registro histórico, sin ningún efecto legal hoy en día.
Texto oficial
Artículo 950.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.