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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/950
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
950

Artículo 950 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo estuvo en vigor hace muchísimos años, pero fue cancelado oficialmente el 20 de abril de 1943. Como ya no es válido, no tienes que preocuparte por lo que decía. Derogar una ley significa que se elimina y ya no se aplica. Entonces, este artículo solo existe como un registro histórico, sin ningún efecto legal hoy en día.

Texto oficial

Artículo 950.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 93) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.