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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/951
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
951

Artículo 951 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 951 fue eliminado de la ley desde el 20 de abril de 1943, por lo que ya no existe ni se aplica para nada. Todo el Capítulo II, que hablaba de los tipos de quiebras, también se eliminó en esa misma fecha. En términos prácticos, esto significa que no debes preocuparte por ese artículo ni por ese capítulo, porque están completamente fuera de uso. Si buscas información sobre quiebras, necesitas revisar leyes más recientes, no este texto.

Texto oficial

Artículo 951.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943 CAPITULO II De la Clasificación de las Quiebras (Se deroga). Capítulo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 93) ↗

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