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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 982
Artículo 982 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no aplica. "Se deroga" significa que la ley que estaba escrita aquí ya no es válida, fue cancelada oficialmente desde el 20 de abril de 1943. Es como si la ley hubiera sido borrada y ya no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no debes tomar en cuenta este artículo para nada.
Texto oficial
Artículo 982.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.