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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/988
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
988

Artículo 988 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido. Se eliminó de la ley (“se derogó”) desde el 20 de abril de 1943. Al estar derogado, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo, porque ya no existe en el Código de Comercio.

Texto oficial

Artículo 988.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 96 de 291

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 95) ↗

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