- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 113
Artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para calcular este impuesto, primero saca el valor total de la propiedad (casa, departamento o terreno). A ese valor le aplicas una tarifa que viene en una tabla oficial, y el resultado es el impuesto que le toca pagar a toda la propiedad. Pero si solo compras una parte de un inmueble, por ejemplo el 30% de un terreno, primero calculas el impuesto como si valiera todo, y luego a esa cantidad le sacas el porcentaje que estás adquiriendo (en el ejemplo, el 30%). Así solo pagas el impuesto por la porción que realmente te pertenece.
Texto oficial
ARTÍCULO 113.- El impuesto se calculará aplicando, sobre el valor total del inmueble la siguiente tarifa: Artículo reformado G.O. CDMX 19/12/25 Cuotas reformadas G.O. CDMX 19/12/25 En caso de adquirirse una porción del inmueble, una vez obtenido el resultado de aplicar la tarifa señalada al valor total del inmueble, se aplicará a dicho resultado, el porcentaje que se adquiera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.