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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/113
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
113

Artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para calcular este impuesto, primero saca el valor total de la propiedad (casa, departamento o terreno). A ese valor le aplicas una tarifa que viene en una tabla oficial, y el resultado es el impuesto que le toca pagar a toda la propiedad. Pero si solo compras una parte de un inmueble, por ejemplo el 30% de un terreno, primero calculas el impuesto como si valiera todo, y luego a esa cantidad le sacas el porcentaje que estás adquiriendo (en el ejemplo, el 30%). Así solo pagas el impuesto por la porción que realmente te pertenece.

Texto oficial

ARTÍCULO 113.- El impuesto se calculará aplicando, sobre el valor total del inmueble la siguiente tarifa: Artículo reformado G.O. CDMX 19/12/25 Cuotas reformadas G.O. CDMX 19/12/25 En caso de adquirirse una porción del inmueble, una vez obtenido el resultado de aplicar la tarifa señalada al valor total del inmueble, se aplicará a dicho resultado, el porcentaje que se adquiera.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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