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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/178
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
178

Artículo 178 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

De cada 100 pesos que pagues en tu recibo de agua por el servicio, 1 peso se va a destinar a proyectos de investigación y nuevas tecnologías para manejar mejor el agua en la Ciudad de México. Esto lo van a usar para encontrar formas más eficientes de cuidar, tratar y distribuir el agua. La forma en que se usará ese dinero la van a decidir entre el Sistema de Aguas y la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la CDMX. No es un cobro extra, sino una parte de lo que ya pagas.

Texto oficial

ARTÍCULO 178.- El 1% de los derechos por la prestación de servicios por el suministro de agua establecidos en la Ley de Ingresos serán destinados a investigación y desarrollo de tecnología para la gestión integral del agua de conformidad con las reglas generales acordadas por el Sistema de Aguas y la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.