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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
179

Artículo 179 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 179 de la CDMX establece cuánto dinero se tiene que pagar por ciertos trámites relacionados con la verificación de autos. La parte de las cuotas para evaluar vehículos ya no aplica, porque está derogada (anulada). En cambio, sí hay que pagar $8,506 por obtener una certificación o autorización para vender o instalar equipos de control de emisiones, y si renuevas eso cada año, cuesta $2,125. También se pagan $28,692 para revalidar la autorización de un centro de verificación que revisa autos de gasolina o duales, y $8,428 si el centro solo revisa autos diésel.

Texto oficial

ARTÍCULO 179.- Por los servicios de evaluación de fuentes móviles, que efectúe la autoridad competente en los términos de la legislación correspondiente, se pagarán las siguientes cuotas: Se deroga. Se deroga. Se deroga. Se deroga. Por la certificación, acreditación y autorización a personas físicas y/o morales para la comercialización y/o instalación de sistemas, equipos y dispositivos de control de emisiones…………………………. $8,506.00 Párrafo reformado en su valor G.O. CDMX 19 /12/25 a). Para el caso de las renovaciones anuales de certificación, acreditación y autorización serán de ………………………………………………………………………………………………………………………..... $2,125.00 Párrafo reformado en su valor G.O. CDMX 19 /12/25 Por la revalidación de la autorización para operar y mantener un centro de verificación vehicular, por línea de verificación a gasolina y dual, una cuota de…………………………………………….....$28,692.00 Párrafo reformado en su valor G.O. CDMX 19 /12/25 Por la revalidación de la autorización para operar y mantener un centro de verificación vehicular, por línea de verificación a diesel, una cuota de…………………………………………………..……...$8,428.00 Párrafo reformado en su valor G.O. CDMX 19 /12/25

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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