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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/207
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
207

Artículo 207 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si necesitas hacer algún trámite relacionado con una Sociedad de Convivencia en la Ciudad de México, este artículo te dice cuánto tienes que pagar. Por ejemplo, registrar por primera vez la sociedad, o cualquier cambio como modificación o terminación, cuesta 112 pesos. También, si pides un informe para saber si ya existe un registro de alguna Sociedad de Convivencia, te costará 108 pesos. Estas cuotas fueron actualizadas en diciembre de 2025.

Texto oficial

ARTÍCULO 207.- Por los servicios que a continuación se indican, se pagarán las siguientes cuotas: Por el depósito del Registro de Constitución, Modificación, Adición o Terminación de la Sociedad de Convivencia en el Archivo General de Notarías…………………………………………………………..$112.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Informe de la existencia del Registro de Sociedades de Convivencia……………………………….$108.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.