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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
208

Artículo 208 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si necesitas buscar información de una propiedad, una empresa o un bien (como un carro) en el Registro Público, pagarás $765 por la búsqueda en sistemas electrónicos y te darán la primera copia del registro que encuentren. Si pides un certificado de esos antecedentes, las primeras 20 hojas cuestan $297 y cada hoja extra $8.30. Para las empresas o instituciones que quieran tener acceso en línea al sistema, la suscripción anual es de $97,953. Si compras el Boletín Registral (el periódico oficial del registro) el día que sale, cuesta $72. Y si necesitas una búsqueda especial usando datos como el lote y manzana de un terreno, el costo es de $2,494, incluyendo la copia del documento encontrado.

Texto oficial

ARTÍCULO 208.- Por los servicios que preste el Registro Público de la Propiedad correspondiente por la expedición de documentos que a continuación se mencionan o búsqueda de antecedentes, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: De la búsqueda de antecedentes registrales de un inmueble, persona moral o bien mueble, utilizando los sistemas electrónicos, incluyendo la copia del primer antecedente localizado ya sea folio real, folio electrónico o libro……………………………………………………………………………………… $765.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Por la expedición de constancia de antecedentes registrales se pagará por las primeras 20 hojas $297.00 y $8.30 adicionales por cada hoja subsecuente. Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Por conexión y servicio de vinculación remota al Sistema Integral de Informática Registral del Registro Público de la Propiedad, se pagará una cuota anual de…………………………………………… $97,953.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Por cada ejemplar del Boletín Registral en la fecha de su expedición………………………………..$72.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Por la búsqueda oficial de antecedentes registrales de un inmueble, sobre la base del lote y manzana registral, plano catastral o cualquier documento fehaciente aportado por el solicitante, incluyendo la copia del antecedente localizado…………………………………………………………………………… $2,494.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Se deroga. Artículo reformado en sus cuotas G.O.CDMX 27/12/24

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.