- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 212
Artículo 212 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Por hacer trámites como registro o certificación, la Dirección General Jurídica, el Archivo de Notarías y el Registro Público de la Propiedad te cobrarán una cuota fija. Por ejemplo, si quieres ser aspirante a notario o corredor público, pagarás $5,894; si ya eres notario titulado, son $9,825. También hay costos para cosas como sellos o firmas ($3,776), acuerdos entre notarios ($3,776) o registros de mediadores privados del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal ($9,313 y $3,635 según el caso). Estos precios se actualizaron el 19 de diciembre de 2025, según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Texto oficial
ARTÍCULO 212.- Por los servicios de registro, que preste la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, el Archivo General de Notarias y el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, se pagará una cuota por cada uno de los rubros que a continuación se indican: Patente de Aspirante a Notario y Corredor Público…………………………………………………. $5,894.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Patente de Notario y Corredor Público………………………………………………..…………… $9,825.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Sello y/o firma………………………………………………………………………………………. $3,776.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Convenios de Notarios y Corredores Públicos………………………………………………........ . $3,776.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Registro de la constancia de certificación, sello, rúbrica o media firma y firma del mediador privado adscrito al Centro de Justicia Alternativa del Tribunal…………………………………………… $9,313.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25 Los Convenios que inscriban los mediadores privados adscritos al Centro de Justicia Alternativa del Tribunal………………………………………………………………………………………………... $3,635.00 Fracción reformada en su cuota G.O. CDMX 19/12/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.