- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 220
Artículo 220 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, si tienes un vehículo de servicio público, mercantil, privado o de carga (como camiones, taxis o camionetas de reparto), debes pagar ciertas cuotas por los trámites de control vehicular. Las tarifas cambian según el tipo de permiso o concesión que necesites, por ejemplo, para obtener una concesión de transporte público de pasajeros pagas 55,091 pesos por cada año que dure y 13,838 pesos por cada unidad o vehículo. También hay pagos específicos para renovar permisos, reponer documentos o realizar estudios técnicos, y todo está en pesos mexicanos. Recuerda que esto no aplica para el servicio de transporte individual de pasajeros, como los taxis o Uber, que tienen sus propias reglas.
Texto oficial
ARTÍCULO 220.- Por los servicios de control vehicular que se presten respecto a vehículos del servicio público, mercantil, privado y particular de transporte de pasajeros y de carga, así como lo relacionado al equipamiento auxiliar de transporte, excepto al servicio público de transporte individual de pasajeros, se pagarán las siguientes cuotas: Por el otorgamiento de concesiones y permisos: Concesión de Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros: Por su otorgamiento: Por cada año que comprenda……………………………………………………………………..$55,091.00 Por cada unidad que comprenda………………………………………………………………….$13,838.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por su prórroga: Por cada año que comprenda………………………………………………………………...……$21,574.00 Por cada unidad que comprenda…………………………………………………………………...$5,419.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por reposición de título-concesión…………………………………………………………………...$5,330.00 Numeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Se deroga. Autorización de Servicio de Transporte Público Metropolitano de Pasajeros: Por su otorgamiento, por cada itinerario de organizaciones y empresas de otras entidades…….$16,214.00 Por cada vehículo adicional de otras entidades que ingresen, por unidad………………………….$5,177.00 Por la vigencia anual, por cada vehículo…………………………………………………………………$336.00 Por cada cajón vehicular autorizado en bases de servicio, por anualidad……………………………$755.00 Por la realización de estudios técnicos para el establecimiento de itinerario y bases de servicio para la prestación del servicio público colectivo metropolitano de pasajeros……………………………$1,122.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Concesiones para el servicio público de transporte de carga en general: Por su prórroga, por cada vehículo que comprenda………………………………………………...$21,574.00 Por reposición de título concesión…………………………………………………………………….$5,330.00 Por cada cajón vehicular autorizado en bases y sitios establecidos…………………………………..$702.00 Por el establecimiento de estación de servicio o sitio………………………………………………...$1,988.00 Por el establecimiento de caseta………………………………………………………………………$2,303.00 Por el otorgamiento de concesión de servicio público de transporte de carga en general……….$27,745.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Permisos de Transporte: Por su otorgamiento o prórroga, por cada vehículo que comprenda, por año: Transporte mercantil de pasajeros y de carga: De valores…………………………………………………………………………………………...…$2,594.00 De mensajería…………………………………………………………………………………………$2,594.00 De sustancias tóxicas o peligrosas…………………………………………………………………$3,523.00 Especializado de pasajeros y carga, y de turismo………………………………………………...$2,992.00 Grúas…………………………………………………………………………………………………..$2,992.00 Transporte de pasajeros escolar y de personal………………………………………………………$2,594.00 Transporte de turistas en recorridos específicos…………………………………………………..$31,913.00 Fracciones reformadas en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Transporte privado de pasajeros y de carga: De una negociación o empresa, así como las que operen y/o administren por sí mismas o a través de sus subsidiarias, aplicaciones para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, para contratar servicios privados de transporte con chofer………………………………...$2,594.00 De valores……………………………………………………………………………………………...$2,594.00 De mensajería………………………………………………………………………………………….$2,594.00 De sustancias tóxicas o peligrosas…………………………………………………………………..$3,328.00 Especializado de pasajeros y carga, y de turismo……………………………………………………$2,992.00 Transporte Privado Escolar………………………………………………………………………$1,558.00 Transporte Privado de Personal……………………………………………………………………..$1,558.00 Transporte de Pasajeros Especializado………………………………………………………..……$2,594.00 Se deroga. Transporte de Pasajeros en Bicicletas o Motocicletas Adaptadas…………………………………$1,036.00 Grúas……………………………………………………………………………………..……………$2,992.00 Fracciones reformadas en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Seguridad Privada: Automóviles……………………………………………………………………………………………$2,594.00 Motocicletas……………………………………………………………………………………………$1,036.00 Numerales reformados en sus cuotas G.OCDMX 19/12/25 Por su otorgamiento y revalidación de permisos complementarios para el establecimiento y operación de equipamiento auxiliar para el servicio de transporte público de pasajeros y de carga, por cada cajón vehicular autorizado por anualidad……………………………………………………….$1,761.00 Numeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por la vigencia anual de itinerario, por cada vehículo………………………………………………..$925.00 Numeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por reposición del Permiso……………………………………………………………………………$3,473.00 Numeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por la realización de estudios técnicos para el establecimiento de itinerarios y bases de servicio y sitios para la prestación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros, y de carga……………..............................................................................................................................$1,063.00 Numeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Autorización y Registro: Por el servicio de transporte de carga particular, por vehículo, por anualidad………………………$1,544.00 Autorización especial para transporte de carga mercantil de mensajería en vehículos de más de 3.5 Toneladas…………………………………………………………………………………………………$2,594.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por el trámite de alta que comprende expedición inicial de placas, tarjeta de circulación y calcomanía, así como por su refrendo para la vigencia anual de las placas de matrícula: Tratándose de vehículos de servicio público de transporte: Por el trámite de alta……………………………………………………………………………………$2,013.00 Por el refrendo………………………………………………………………………………………….$1,461.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Tratándose de vehículos de servicio privado de transporte: Por el trámite de alta…………………………………………………………………………………….$1,909.00 Por el refrendo………………………………………………………………………………………….$1,382.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Tratándose de servicio de transporte de carga: Por el trámite de alta……………………………………………………………………………………$2,013.00 Por el refrendo………………………………………………………………………………………….$1,461.00 Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por reposición de placas, por cada una: Vehículos de servicio público de transporte………………………………………………………....$1,429.00 Vehículos de servicio particular de transporte…………………………………………………...$1,186.00 Vehículos de servicio de transporte de carga…………………………………………………….$1,429.00 Incisos reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por la expedición de permiso para circular sin placas, tarjeta de circulación o calcomanía, hasta por sesenta días naturales……………………..…………………………………………………………$1,178.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por la expedición de permisos para circular con aditamentos a la carrocería……………………….$435.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por reposición de tarjeta de circulación o calcomanía………………………………………………...$295.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por cambio de carrocería, motor o domicilio y corrección de datos, incluyendo la expedición de nueva tarjeta de circulación……………………………………………………………………………………$228.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por sustitución de vehículos del servicio público de transporte de pasajeros o del servicio de transporte de carga, en todas sus modalidades, por vehículo, incluyendo la expedición de tarjeta de circulación ………………………………………………………………………………………………………….……. $729.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por la vigencia anual de la concesión o permiso y la revista………………………………………...$2,607.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por el trámite de baja de vehículo o la suspensión provisional de la prestación del servicio hasta por un Año……………………………………………………………………………………………………..$749.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por la autorización de cesión o transmisión de los derechos y obligaciones de una concesión, por cada vehículo que comprenda, incluyendo la expedición de tarjeta de circulación………………….$15,709.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por la autorización a centros de capacitación para impartir los cursos a transportistas de pasajeros y de carga y a clínicas para aplicar la evaluación médica integral……………………………………$7,487.00 Fracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25 Por el Registro: Registro de representantes legales, mandatarios y apoderados de personas morales concesionarias y permisionarios del servicio de transporte, privado y mercantil de pasajeros y de carga…………...$7,487.00 Registro de personas físicas o morales que presten servicios profesionales relacionados con el transporte motivo de su especialidad a particulares y a la Secretaría de Movilidad…………………$7,487.00 Registro o cancelación de gravamen de concesión de transporte…………………………………$2,273.00 Incisos reformados de sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por cualquier otro servicio distinto a los señalados en las fracciones anteriores…………………..$435.00 Fracción reformada de su cuota G.O.CDMX 19/12/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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