- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 255
Artículo 255 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si necesitas algún permiso relacionado con animales en la Ciudad de México, tienes que pagar una cuota. Por ejemplo, si vendes mascotas en una tienda, feria o exposición, te costará 406 pesos el certificado de venta. Si vendes una mascota y necesitas un certificado veterinario de salud, pagarás 272 pesos. También hay costos para cosas como liberar animales en centros de control (71 pesos), criar animales (272 pesos), adiestrar perros de seguridad (1,355 pesos) o para servicios de monta o tiro deportivo (1,355 pesos). Estos pagos se hacen una vez al año y todo el dinero recaudado se usa para un fondo que protege a los animales.
Texto oficial
ARTÍCULO 255.- Por los servicios para las autorizaciones y certificaciones a las que se refiere la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, se pagarán las siguientes cuotas: Por la expedición de certificados de venta de animales en establecimientos comerciales, ferias y exposiciones que se dedican a la venta de mascotas……………………………………………………$406.00 Por la expedición de certificados veterinarios de salud por la venta de mascotas……………………...$272.00 Liberación de animales en centros de control animal…………………………………………………...$71.00 Autorización para la cría de animales………………………………………………………...…………$272.00 Certificados para el adiestramiento de perros de seguridad………………………………………….$1,355.00 Por el servicio de monta o tiro deportivo…………………………………………………………….$1,355.00 El pago de estos servicios será anual y los montos recibidos serán destinados al fondo para la protección de los animales que la Ley de Protección a los Animales prevé. Articulo reformado en sus cuotas G.O.CDMX.19/12/25 Sección Vigésima De los Derechos por la Prestación de Servicios de Protección Ciudadana
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.