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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/3
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
3

Artículo 3 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia de gobierno encargada de estos temas) tiene la facultad de explicar cómo se deben aplicar las reglas de este Código cuando surjan dudas en los trámites administrativos. Esto quiere decir que si un ciudadano o funcionario no entiende bien un artículo, la Secretaría puede aclararlo, pero solo para efectos de los procesos del gobierno, no para decidir casos en los tribunales. En pocas palabras, es quien pone orden y da la última palabra sobre cómo interpretar la ley en el día a día de las oficinas públicas.

Texto oficial

ARTÍCULO 3.- La Secretaría interpretará para efectos administrativos las disposiciones de este Código. LIBRO PRIMERO DE LOS INGRESOS TÍTULO PRIMERO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.