Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_codigo-fiscal/316
Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
316

Artículo 316 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 316 dice que el dinero que el Congreso autorice para que el gobierno se endeude es el límite máximo que se puede pedir prestado. Ese dinero solo se puede usar para pagar proyectos de inversión pública, como carreteras o escuelas, o para actividades que generen ganancias con las que se pueda pagar la deuda. También se puede usar para reestructurar deudas viejas, es decir, para mejorar las condiciones de lo que ya se debe. En pocas palabras, el gobierno no puede pedir más préstamos de los que el Congreso le autorice, y ese dinero debe usarse en cosas que beneficien al país o que ayuden a pagar lo que ya se debe.

Texto oficial

ARTÍCULO 316.- Los montos de endeudamiento aprobados por el Congreso de la Unión, serán la base para la contratación de los créditos necesarios para el financiamiento de los programas contemplados en el Presupuesto de Egresos, que tengan como objetivo la realización de inversiones públicas, o bien, actividades productivas que generen los recursos suficientes para el pago del crédito o que se utilicen para el mejoramiento de la estructura del endeudamiento público.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.