- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 319
Artículo 319 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) tendrá un control con los datos de todos los préstamos o créditos que se hayan contratado. Ese control lo harán siguiendo las instrucciones que ponga la Secretaría de Hacienda (la que maneja el dinero del país). O sea, van a anotar quién pidió el financiamiento, cuánto y en qué condiciones, pero siempre obedeciendo las reglas de Hacienda.
Texto oficial
ARTÍCULO 319.- La Secretaría llevará los registros de los financiamientos contratados, conforme a las reglas que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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