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Ley
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo
319

Artículo 319 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) tendrá un control con los datos de todos los préstamos o créditos que se hayan contratado. Ese control lo harán siguiendo las instrucciones que ponga la Secretaría de Hacienda (la que maneja el dinero del país). O sea, van a anotar quién pidió el financiamiento, cuánto y en qué condiciones, pero siempre obedeciendo las reglas de Hacienda.

Texto oficial

ARTÍCULO 319.- La Secretaría llevará los registros de los financiamientos contratados, conforme a las reglas que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Ver texto oficial del Código Fiscal de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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