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- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 487 BIS
Artículo 487 BIS del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 487 Bis fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. "Derogar" significa cancelar o quitar una regla de manera oficial.
Texto oficial
ARTÍCULO 487 BIS.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.