- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 55
Artículo 55 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 55 dice que no aplica la "afirmativa ficta", que es cuando el gobierno no responde a tu solicitud en el tiempo legal y se da por aprobada. Esto no pasa en casos como pedir perdón de impuestos, devoluciones, descuentos en deudas fiscales, aclaraciones de datos catastrales o consultas. Tampoco cuenta si presentaste tu solicitud ante una autoridad que no era la correcta o si no cumpliste con todos los requisitos que marca la ley. Cuando no aplica la afirmativa ficta, tú puedes asumir que tu petición fue rechazada y presentar una queja o recurso en cualquier momento después de que venció el plazo de respuesta, o puedes esperar a que la autoridad te dé una respuesta oficial.
Texto oficial
ARTÍCULO 55.- No operará la resolución afirmativa ficta tratándose de la autorización de exenciones de créditos fiscales, la caducidad de las facultades de la autoridad, la facultad de revisión prevista en el artículo 111 de este Código, la prescripción o condonación de créditos fiscales, el otorgamiento de subsidios, disminuciones o reducciones en el monto del crédito fiscal, el reconocimiento de enteros, la solicitud de compensación, la devolución de cantidades pagadas indebidamente, la actualización de datos catastrales y consultas. Tampoco se configura la resolución afirmativa ficta, cuando la petición se hubiere presentado ante autoridad incompetente o los particulares interesados no hayan reunido los requisitos que señalen las normas jurídicas aplicables. En los casos en que no opere la afirmativa ficta, el interesado podrá considerar que la autoridad resolvió negativamente e interponer los medios de defensa en cualquier tiempo posterior al plazo a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, mientras no se dicte la resolución, o bien, esperar a que ésta se dicte.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.