Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-adquisiciones-distrito-federal/13
Ley
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay problemas por cómo se aplica o interpreta esta ley en el ámbito administrativo, los resuelve la Contraloría (la autoridad que vigila el uso correcto de los recursos públicos). Si el problema tiene que ver con contratos o acuerdos hechos con base en esta ley, lo resuelven los tribunales competentes de la Ciudad de México, a menos que en el contrato se haya acordado ir a un arbitraje (un juicio privado con árbitros). Se puede incluir esa cláusula de arbitraje en los contratos, pero antes la Oficialía debe dar su opinión. Si algún acto, contrato o convenio va en contra de lo que dice esta ley, será nulo automáticamente, pero solo después de que un juez o una autoridad administrativa con funciones de juez lo declare así.

Texto oficial

Artículo 13.- Las diferencias que en el ámbito administrativo se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de esta Ley, serán resueltas por la Contraloría. En lo relativo a las controversias en la interpretación y aplicación de los contratos, convenios y actos que de estos se deriven y que hayan sido celebrados con base en esta Ley, serán resueltas por los Tribunales competentes del Distrito Federal, salvo que se haya estipulado cláusula arbitral. Se podrá pactar cláusula arbitral en los contratos y convenios, previa opinión de la Oficialía. Los actos, contratos y convenios que se realicen en contravención a lo dispuesto por esta Ley serán nulos de pleno derecho, previa determinación de autoridad judicial o administrativa en funciones jurisdiccionales.

Ver texto oficial de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.