- Ley
- Ley de Albergues Públicos y Privados para Niñas y Niños del Distrito Federal
- Artículo
- 13
Artículo 13 de la Ley de Albergues Públicos y Privados para Niñas y Niños del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México tiene varias funciones importantes. Debe revisar que los albergues para niños y niñas cumplan con sus objetivos en temas de salud, protección civil y desarrollo humano, y hacerlo junto con los encargados de esos lugares. También tiene que apoyar y promover planes para proteger a los niños y niñas, tanto dentro de los albergues como en toda la sociedad. Además, debe llevar a cabo las acciones que acuerde la mayoría de sus integrantes. Por último, cada año tiene que entregar un informe a los grupos de trabajo de la Asamblea Legislativa local, explicando cómo va la supervisión de los albergues y si se está cumpliendo esta ley.
Texto oficial
Artículo 13.- Corresponden al Consejo de Asistencia e Integración Social del Distrito Federal, las siguientes atribuciones: Evaluar y supervisar el cumplimiento de los objetivos, metas y la cobertura y el impacto de los programas que, en materia de protección civil, salud y desarrollo humano, se implementen en los albergues para niñas y niños, conjuntamente con los responsables de la ejecución de los mismos; Apoyar y promover los planes, programas y proyectos en materia de protección y defensa de las niñas y niños dentro de los albergues y hacia la población en general en dicha materia; Ejecutar las acciones que se acuerden por la mayoría de sus miembros; Entregar un informe anual al órgano u órganos de trabajo interno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, relativos al desarrollo social y a la atención a los grupos vulnerables, respecto de los resultados obtenidos sobre la supervisión y evaluación de los programas de los albergues en materia de salud y protección civil, así como del cumplimiento de la presente Ley. CAPÍTULO III DE LOS ALBERGUES PUBLICOS Y PRIVADOS DEL DISTRITO FEDERAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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