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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/194
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
194

Artículo 194 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y otras autoridades federales y locales van a crear un sistema que junte toda la información sobre cómo la contaminación del aire, agua, suelo, el ruido, la luz excesiva y otros tipos de contaminación afectan tu salud. Eso quiere decir que van a tener datos claros para saber qué tantos problemas de salud te puede causar vivir cerca de una zona contaminada. Así, las autoridades pueden tomar mejores decisiones para protegerte, como avisarte cuando hay mala calidad del aire o prohibir cosas que contaminen mucho.

Texto oficial

Artículo 194.- La Secretaría en coordinación con las autoridades federales y locales, establecerá un sistema de información relativo a los impactos en la salud, provocados por la exposición a la contaminación del aire, agua, suelo, acústica, visual, lumínica y cualquier otra.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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