- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 201
Artículo 201 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno, junto con las alcaldías, va a tomar acciones para reducir la contaminación del aire. Esto aplica a negocios o fábricas que no necesitan un permiso especial llamado Manifestación Ambiental Única. La meta es bajar los humos o gases que salen de esos lugares fijos, como talleres o industrias pequeñas.
Texto oficial
Artículo 201.- Para prevenir y controlar la contaminación de la atmósfera en fuentes fijas no sujetas a la Manifestación Ambiental Única, la Secretaría, en coordinación con las Alcaldías, tomará las medidas necesarias para la reducción de emisiones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.