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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/209
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
209

Artículo 209 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un carro y no pasa la verificación por no cumplir con las reglas ambientales, la ley te da 30 días naturales para arreglarlo y llevarlo a otra prueba. Durante esos días, solo puedes usar el coche para ir al taller o al centro de verificación, y debes comprobar que tienes una cita agendada. No puedes circular libremente por cualquier otro motivo en ese periodo.

Texto oficial

Artículo 209.- El propietario o poseedor del vehículo que incumpla con las normas oficiales mexicanas o las normas ambientales para la Ciudad de México, de acuerdo con el artículo anterior, tendrá un plazo de treinta días naturales para hacer las reparaciones necesarias y presentarlo a una nueva verificación. El vehículo podrá circular en ese período sólo para ser conducido al taller mecánico o al Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares, debiendo acreditar fehacientemente la existencia de la cita correspondiente.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.