- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 209
Artículo 209 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un carro y no pasa la verificación por no cumplir con las reglas ambientales, la ley te da 30 días naturales para arreglarlo y llevarlo a otra prueba. Durante esos días, solo puedes usar el coche para ir al taller o al centro de verificación, y debes comprobar que tienes una cita agendada. No puedes circular libremente por cualquier otro motivo en ese periodo.
Texto oficial
Artículo 209.- El propietario o poseedor del vehículo que incumpla con las normas oficiales mexicanas o las normas ambientales para la Ciudad de México, de acuerdo con el artículo anterior, tendrá un plazo de treinta días naturales para hacer las reparaciones necesarias y presentarlo a una nueva verificación. El vehículo podrá circular en ese período sólo para ser conducido al taller mecánico o al Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares, debiendo acreditar fehacientemente la existencia de la cita correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.