- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 231
Artículo 231 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a poner un sistema para vigilar las aguas que ya usaste (como las del baño, lava trastes o lavadora). Esto es para checar qué tan contaminadas están antes de que lleguen al suelo o a los ríos. El chiste es prevenir que ensucien la tierra o los mantos acuíferos. Así, van a poder controlar mejor los desechos y cuidar el ambiente de la ciudad.
Texto oficial
Artículo 231.- La Secretaría establecerá un sistema de monitoreo de las aguas residuales en la Ciudad de México. CAPÍTULO V. DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.