- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 263
Artículo 263 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si haces verificaciones de carros (como las pruebas de contaminación) y entregas el papel que dice que pasaron, aunque no tengas permiso para hacerlo, te van a castigar según lo que marca esta ley y otras reglas. Eso significa que puedes recibir una multa o incluso que te quiten el negocio. No importa si eres un taller o una persona: sin autorización oficial, no puedes emitir esos documentos.
Texto oficial
Artículo 263.- Quienes realicen verificaciones de vehículos automotores y entreguen los documentos que acrediten su aprobación sin contar con la autorización correspondiente, serán sancionados en los términos de esta Ley y las demás disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO III. DE LOS ORGANISMOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.