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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/306
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
306

Artículo 306 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometes una falta administrativa, no solo te pueden multar, también te pueden aplicar otras sanciones como las del artículo 300 de esta misma ley, sin importar que ya te hayan puesto la multa. Esto significa que puedes recibir más de un castigo al mismo tiempo, todo depende de lo grave que sea tu infracción.

Texto oficial

Artículo 306.- Con independencia de la multa que se imponga por la conducta infractora en que se incurra, se podrá determinar adicionalmente, cualquiera de las demás sanciones administrativas establecidas en el artículo 300 de la presente Ley.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.