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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/314
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
314

Artículo 314 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si las autoridades deciden algo sobre multas, permisos o cualquier trámite relacionado con las leyes ambientales de la Ciudad de México y no estás de acuerdo, puedes pelear esa decisión. Para hacerlo, no necesitas demostrar que te afecta directamente o que tienes un interés legal; basta con que quieras impugnarla. Eso sí, debes usar el recurso de inconformidad, que es un tipo de queja formal. Y para presentarlo, tienes que seguir las reglas que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 314.- Las resoluciones dictadas en los procedimientos administrativos con motivo de la aplicación de esta Ley, sus reglamentos, normas ambientales de la Ciudad de México y disposiciones que de ella emanen, podrán ser impugnadas sin que se pruebe el interés jurídico, mediante el recurso de inconformidad conforme a las reglas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. CAPÍTULO V. DE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.