- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 69
Artículo 69 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un negocio o una empresa que contamina (como una fábrica, tienda o lugar de espectáculos) y quieres participar en una auditoría ambiental, necesitas pedirlo por escrito. Una auditoría ambiental es como una revisión para ver si cuidas el medio ambiente. Después de esa revisión, te van a dar recomendaciones para mejorar. Y estás obligado a cumplir con esas recomendaciones para seguir en el programa.
Texto oficial
Artículo 69.- Los responsables de las fuentes fijas, así como de los establecimientos industriales, mercantiles, de servicios y de espectáculos, que pretendan sujetarse a una auditoría ambiental, deberán solicitar por escrito su incorporación a dicho programa y cumplir con las recomendaciones que deriven de dicha auditoria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.