- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 98
Artículo 98 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para hacer cualquier cosa en el Suelo de Conservación, como construir o cambiar el uso del terreno, primero debes pedirle permiso a la Secretaría. Necesitas que te den su visto bueno antes de empezar, ya sea a través de una opinión, un permiso o una autorización. Sin ese documento, no puedes intervenir en ese suelo. Básicamente, no hagas nada sin que la autoridad te lo autorice por escrito.
Texto oficial
Artículo 98.- Cualquier intervención que se pretenda llevar a cabo en Suelo de Conservación, requerirá opinión, permiso, licencia o autorización previa, por parte de la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.