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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-asistencia-integracion-social/19
Ley
Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a hacer acuerdos con los estados del país y con otras dependencias federales para que todo mundo trabaje en equipo en temas de ayuda social. Esto lo hará por medio de la Secretaría de Inclusión. La idea es que los programas y acciones de asistencia social estén bien coordinados y no se dupliquen. Así se evita que cada quien haga lo mismo por su lado y se aprovechen mejor los recursos.

Texto oficial

Artículo 19.- Con la finalidad de lograr una adecuada coordinación de acciones y programas en el ámbito de la asistencia e integración social, el Gobierno celebrará a través de la Secretaría de Inclusión, convenios o acuerdos con las Entidades Federativas y Dependencias de la Administración Pública Federal.

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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