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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-asistencia-integracion-social/21
Ley
Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 21 dice que se forma el Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México. Este consejo es un grupo que sirve para que el gobierno hable y llegue a acuerdos con otras organizaciones, reciba consejos, pida opiniones y tenga apoyo en temas de ayuda social. No es una oficina que manda, sino un espacio de colaboración donde distintas voces se juntan para mejorar la asistencia e integración de los ciudadanos.

Texto oficial

Artículo 21.- Se crea el Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México, como un órgano de concertación, consulta, asesoría y apoyo del Gobierno.

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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