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Ley
Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 22 explica quiénes forman parte del Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México. Este grupo lo encabeza el Jefe de Gobierno como presidente, y el secretario de Inclusión como vicepresidente. Luego, hay 18 consejeros con derecho a voz y voto, que son varios funcionarios importantes, como los titulares de las secretarías de Salud, Trabajo, Educación y otras dependencias, además de algunos diputados y el director del DIF. El presidente del Consejo también puede invitar a universidades como la UNAM o el IPN, y a dos representantes de asociaciones civiles reconocidas, para que participen en las reuniones de trabajo. En resumen, este artículo define quiénes toman las decisiones en este Consejo de ayuda social.

Texto oficial

Artículo 22.- El Consejo de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México estará constituido por un Presidente, un Vicepresidente y dieciocho Consejeros Propietarios: El Presidente será la Persona Titular de la Jefatura de Gobierno; El Vicepresidente será la Persona Titular de la Secretaría de Inclusión; La Persona Titular de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en su calidad de consejero propietario. La Persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en su calidad de Consejero Propietario; La Persona Titular de la Dirección General del DIF-CDMX en su calidad de Consejero Propietario; Las presidencias de las Comisiones de Salud, y la de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales del Congreso de la Ciudad de México en su calidad de Consejeros Propietarios, y La Persona Titular de la Junta de Asistencia Privada en su calidad de Consejero Propietario. La Persona Titular que ocupe la presidencia del Consejo invitará a una o un representante de la Universidad Nacional Autónoma de México, de la Universidad Autónoma Metropolitana e Instituto Politécnico Nacional, y a dos Personas representantes de las Asociaciones Civiles de reconocida trayectoria, pudiendo invitar a las sesiones de trabajo a las y los responsables de los programas en la materia.

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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