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Ley
Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Artículo
7

Artículo 7 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno es el encargado de planear, organizar y vigilar que el Sistema de Asistencia e Integración Social funcione bien, siempre siguiendo las reglas oficiales que pone la Secretaría de Salud. También puede hacer acuerdos con el gobierno federal y con los gobiernos de otros estados cercanos para trabajar juntos en temas de ayuda social. Esto significa que el gobierno debe asegurarse de que los servicios de apoyo a la gente estén bien coordinados. En palabras simples, el gobierno no solo opera estos servicios, sino que también los supervisa para que cumplan su objetivo.

Texto oficial

Artículo 7. - En materia de Salubridad General corresponde al gobierno, planear, organizar, operar, supervisar y evaluar al Sistema de Asistencia e Integración Social, observando lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas que emita la Secretaría. Asimismo, celebrar Bases de Coordinación sobre Asistencia Social con el Gobierno Federal y con los Gobiernos de los estados circunvecinos. TITULO SEGUNDO Sistema de Asistencia e Integración Social Capítulo I Del Sistema de Asistencia e Integración Social

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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