- Ley
- Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno es el encargado de planear, organizar y vigilar que el Sistema de Asistencia e Integración Social funcione bien, siempre siguiendo las reglas oficiales que pone la Secretaría de Salud. También puede hacer acuerdos con el gobierno federal y con los gobiernos de otros estados cercanos para trabajar juntos en temas de ayuda social. Esto significa que el gobierno debe asegurarse de que los servicios de apoyo a la gente estén bien coordinados. En palabras simples, el gobierno no solo opera estos servicios, sino que también los supervisa para que cumplan su objetivo.
Texto oficial
Artículo 7. - En materia de Salubridad General corresponde al gobierno, planear, organizar, operar, supervisar y evaluar al Sistema de Asistencia e Integración Social, observando lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas que emita la Secretaría. Asimismo, celebrar Bases de Coordinación sobre Asistencia Social con el Gobierno Federal y con los Gobiernos de los estados circunvecinos. TITULO SEGUNDO Sistema de Asistencia e Integración Social Capítulo I Del Sistema de Asistencia e Integración Social
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.