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Ley
Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Artículo
8

Artículo 8 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 8 dice que el Sistema de Asistencia e Integración Social es como un equipo que incluye a todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México encargadas de estos temas, así como a organizaciones privadas y asociaciones civiles que ofrecen servicios de ayuda a quien lo necesita. En pocas palabras, son tanto dependencias del gobierno como grupos de la sociedad que trabajan para apoyar a las personas con programas y servicios de asistencia social.

Texto oficial

Artículo 8.- Para los efectos de este ordenamiento, se entiende como Sistema de Asistencia e Integración Social al conjunto de las unidades administrativas y órganos descentralizados de la Administración Pública de la Ciudad de México y a las instituciones privadas y las asociaciones civiles que promuevan programas y operen servicios de asistencia social.

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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