- Ley
- Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Programa General debe incluir medidas para evitar que la gente consuma sustancias que se inhalan, como el thinner o el pegamento. También debe asegurarse de que esté prohibido vender o regalar estas sustancias a menores de edad, a personas que no entienden lo que hacen (como alguien con una discapacidad mental) o a quienes no pueden resistirse (como alguien bajo presión o intoxicado). Las sustancias que entran en esta categoría son tres: disolventes volátiles (como los solventes industriales, de limpieza o de arte), aerosoles que tengan propulsores y disolventes (como pintura en spray), y gases de uso casero o comercial (como el gas butano) o anestésicos médicos.
Texto oficial
Artículo 20. El Programa General contemplará acciones para prevenir e inhibir el consumo de sustancias inhalables, así como de las medidas necesarias que deben desarrollar las instancias respectivas para la prohibición de la venta o suministro, mediante cualquier forma, a menores de edad, personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o personas que no tienen capacidad para resistirlo, de sustancias inhalables. Sin menoscabo de las disposiciones reglamentarias emitidas por las autoridades correspondientes, las sustancias inhalables que deben considerarse para la aplicación de las acciones referidas en la presente Ley, son las siguientes: Disolventes volátiles o solventes que son líquidos que se vaporizan a temperatura ambiente, entre los que se encuentran solventes industriales, domésticos, de efectos de oficina o arte; Aerosoles que contengan propulsores y disolventes, y Gases utilizados como productos caseros, comerciales o de utilización como anestésicos médicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.