- Ley
- Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en la Ciudad de México
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley de Atención Prioritaria para las Personas con Discapacidad y en Situación de Vulnerabilidad en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las reglas de esta ley son obligatorias para todos en la Ciudad de México, sin excepción. La ley busca que las personas con discapacidad o en situaciones difíciles reciban atención especial y rápida cuando hagan trámites o pidan servicios, tanto del gobierno como de empresas privadas. En otras palabras, si tienes una discapacidad o estás en una situación vulnerable, tienes derecho a que te atiendan de manera preferente. Esto aplica en los casos que la propia ley señale.
Texto oficial
Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en la presente ley son de orden público, interés social y observancia general en la Ciudad de México, y tienen por objeto normar las medidas y acciones que garanticen a las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad, la atención preferencial en los trámites y servicios que presta la Administración Pública de la Ciudad de México y de carácter privado, en las modalidades que este orden normativo estipule.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.