Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-auditoria-control-interno-administracion-publica/12
Ley
Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Contraloría y sus oficinas deben crear formas de revisar que los datos que les toca manejar estén siempre al día en la Plataforma Digital. Esto significa que tienen que asegurarse de que la información no esté vieja o desactualizada. Además, deben seguir las reglas que la misma Secretaría publique para saber cómo hacerlo. En pocas palabras, es su obligación mantener la información fresca y correcta en el sistema.

Texto oficial

Artículo 12.- La Secretaría y sus Unidades Administrativas deberán establecer mecanismos de supervisión, para que la información generada en el ámbito de sus atribuciones se encuentre actualizada en la Plataforma Digital en los términos señalados en los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría. TÍTULO SEGUNDO DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Ver texto oficial de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.