- Ley
- Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 34
Artículo 34 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, durante la etapa de verificación (cuando se revisa cómo van las cosas), las dependencias del gobierno de la Ciudad de México deben usar un sistema llamado SAIC para asegurarse de que todo esté en orden. Básicamente, tienen que checar que los registros estén correctos, revisar los documentos importantes, anotar a tiempo la información clave y ver que todo lo que hacen vaya de acuerdo con los objetivos para cuidar bien el dinero público. También deben analizar su propio trabajo para mejorar el control interno (las reglas que evitan errores o robos). Los detalles de cómo y cuándo hacer todo esto se definirán después en unas reglas llamadas Lineamientos.
Texto oficial
Artículo 34.- En la etapa de verificación, el control interno se ejecutará mediante acciones que garanticen el cumplimiento de su objetivo, para lo cual se la Secretaría implementará el Sistema de Armonización de Información y Control (SAIC), el cual deberá ser administrado por las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades paraestatales de la Administración Pública de la Ciudad de México, y verificado por cada una de las unidades administrativas de la Secretaría que le corresponda, que deberá comprender los rubros siguientes: Conciliar periódicamente los registros, para verificar su exactitud, determinar y enmendar errores u omisiones Revisar la documentación e información mediante la cual se mantienen actualizadas las políticas, las normas y los procedimientos de control. Identificar y registrar de manera oportuna la información verídica y relevante. Registrar las transacciones y los hechos significativos que se realicen. Verificar la compatibilidad de los sistemas de información con los objetivos institucionales para el cuidado y manejo eficientes de los recursos públicos. Analizar la autoevaluación para el mejor desarrollo del control interno. Los plazos y forma en la que se realizarán las conciliaciones, entrega de información y documentación, verificación y conclusiones, se señalaran en los Lineamientos que para tal efecto sean emitidos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.