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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-auditoria-control-interno-administracion-publica/40
Ley
Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
40

Artículo 40 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las revisiones son para checar que todo esté en orden sin avisar, como cuando van a revisar tu negocio de sorpresa. Las verificaciones son para confirmar que cumpliste con lo que te pidieron arreglar después de una revisión. En pocas palabras, primero revisan si todo está bien y después verifican que hayas corregido lo que estaba mal.

Texto oficial

Artículo 40.- Los tipos de intervenciones serán: Revisiones. Verificaciones.

Ver texto oficial de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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