- Ley
- Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 40
Artículo 40 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las revisiones son para checar que todo esté en orden sin avisar, como cuando van a revisar tu negocio de sorpresa. Las verificaciones son para confirmar que cumpliste con lo que te pidieron arreglar después de una revisión. En pocas palabras, primero revisan si todo está bien y después verifican que hayas corregido lo que estaba mal.
Texto oficial
Artículo 40.- Los tipos de intervenciones serán: Revisiones. Verificaciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.