- Ley
- Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría (una dependencia del gobierno) y sus oficinas van a revisar cómo se usan los recursos del personal, los materiales, la tecnología y el dinero de alguna institución pública. Si esos recursos vienen del gobierno federal, también tienen que cumplir con lo que digan los acuerdos entre la Federación y la Ciudad de México, más las reglas que apliquen. Básicamente, es para asegurarse de que todo se maneje bien y sin trampas.
Texto oficial
Artículo 5.- La Secretaría directamente y sus unidades administrativas, ejecutarán auditorías, control interno e intervenciones, de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros con los que cuente el ente público. En el caso de recursos de origen federal, además deberán cumplir con lo establecido en los convenios, acuerdos de coordinación celebrados al efecto por la Federación y la Ciudad de México y normatividad aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.